10/Nov/09 09:11
Re: facturas digitales obligatorias
Hola foro, buen dia,...........con estos topicos de moda, me dieron ganas de desempolvar mis apuntes de derecho..........y me encontre con esto........
El proceso legislativo en mexico sigue esta dinamica,.
Iniciativa Discusión Aprobación Sanción Promulgación
Publicación Iniciación de la vigencia.
y me intereso mucho precisamente estos dos puntos ultimos..........
Y ya encarrerado.......
LEY DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y GACETAS GUBERNAMENTALES
CAPITULO PRIMERO
Del Diario Oficial de la Federación
ARTICULO 1o.- La presente ley tiene por objeto reglamentar la publicación del Diario Oficial de la Federación y establecer las bases generales para la creación de las gacetas gubernamentales sectoriales.
ARTICULO 2o.- El Diario Oficial de la Federación es el órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de carácter permanente e interés público, cuya
función consiste en
publicar en el territorio nacional, las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes de la Federación en sus respectivos ámbitos de competencia, a fin de que éstos sean
aplicados y observados debidamente.
Por lo demas, es excelente de verdad que sean previsores y analicen desde antes de que SEA OFICIAL ESA PUBLICACION, cualquiera de ellas.........
en mis inicios tenia esa buena costumbre...........ya no,, y el motivo es porque nuestros legisladores hacen un 'cambiadero' de cosas......de tal suerte que es hasta cuando SE PUBLICA EN EL DOF...........ES MAS, .MEJOR AUN ...........DESDE CUANDO
INICIA SU VIGENCIA.............que me doy a la tarea de darle una 'vueltecilla a los contenidos'.....
pero repito, les reconozco ser previsores
saludos
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
_______________________________
'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'