09/Ene/10 10:13
Re: pago de creditos del 2009. en 2010
PARRAFO TOMADO DE LA PAGINA DE HACIENDA
Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)
Cambio de tasas del impuesto
Se modifica la tasa general de 15 a 16%.
De 10 a 11% en el caso de operaciones realizadas por residentes en la región fronteriza.
En el caso de operaciones realizadas en 2009 que se paguen en 2010 quedarán afectas a las nuevas tasas.
Se permite aplicar las tasas de 2009 en las operaciones que se hayan realizado en ese año, siempre que la entrega de los bienes o prestación de los servicios se haya efectuado en dicho año, y el cobro de se realice en los primeros 10 días naturales de 2010
posteriores a la entrada en vigor del Decreto de la Ley del Impuesto al Valor Agregado aplicable para 2010
(11 de enero de 2010). Esto no es aplicable a las personas que realicen operaciones con partes relacionadas.
Fundamento legal: Artículos 1, 2, Octavo Transitorio, fracción III de la LIVA y TERCERO de la 3ra. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2009.