16/Ene/10 12:40
Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
es una duda respecto a un pago provisional
en septiembre presente un pago provisional por isr personas morales de agosto normal por 70,000
unos dias despues presente una complementaria modificando el saldo a 25,000
y me da un cantidad a favor por 45,000
la duda es como considero ese saldo a favor y como puedo recuperarlo, como pago de lo indebido o como impuesto a favor (saldo)
si no compenso ese saldo a favor me puedo acreditar en la anual los 70,000 como pago provisional?
en caso de compensarlo en que concepto lo ubico, donde dice proviene de
saldo a favor o pago de lo indebido?
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Pisces
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16/Ene/10 16:18
Re: Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
Hola
Ese saldo a favor, que dices no es un saldo a favor. Has presentado una declaracion donde se refleja un pago de lo indebido
La forma de recuperarlo mas rapido es compensandolo contra otros Impuestos federales que no sea IVA retenido. Se deberia poder contra cualquier IVA e incluso retenciones, solo que el criterio del SAT es malisimo al interpretar que solo se aceptan pagos efectivamente pagados, como si las compensaciones no sean pagos efectivos.
Descarga el F3241 y el de F41 en excel ambos te serviran para aplicar el aviso, en el web site MI PORTAL, vigila que se tenga FIEL vigente y de realizar un pago provisional que se tenga a cargo, debe expresarse la compensacion, a tantos montos a cargos hasta agotarse el saldo por pago de lo indebido
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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16/Ene/10 19:57
Re: Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
Creo que el compañero se refier a lo que establece el 3er párrafo del artículo 22 del CFF, donde establece que cuando las contribuciones se calculen por ejercicios, unicamente se podrá solictar devolución del 'saldo a favor' cuando se haya presentado la declaración del ejercicio.
Este párrafo creo que no aplicaría en tu caso, ya que el tuyo según comentas es un 'pago de lo indebido' (me imagino que hubo algún error en el cálculo y se enteró más de lo que debiste haber pagado), en ese caso puedes compensar ese pago de lo indebido contra otros impuestos federales (de los que establece el art 23 del CFF), cabe mencionar que dicha compensación del pago de lo indebido lo debes realizar actualizando el monto (desde que lo pagaste hasta que lo apliques).
Saludos
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fiscalcorp
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17/Ene/10 21:41
Re: Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
Hola,
Si tienes un saldo a cargo en la declaración anual y quieres usar ese dinero que pagaste, creo que deberías regresar a la declaración original haciendo otra compementaria, pero primero deberías ver como aparece esa declaración en el expediente virtual del contribuyente.
Pago de lo indebido es un concepto que para el SAT significa que pagaste algo mas allá de tus obligaciones, no el ISR, no puede haber pago de lo indebido por ISR.
Saludos
Miguel
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migueljurado
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18/Ene/10 10:03
Re: Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
Saludos a todos
Entonces en una declaracion anual complementaria, que modifica a la normal, si pudiera solicitar en devolucion el isr que queda pagado en exceso, derivado de que en la anual normal haya existido un saldo a cargo, el cual se pago y por 'x' razon en la complementaria me sale un saldo a favor y lo que pagué ya quedó como un pago indebido, ¿como se tendría que reflejar este pago para poder solicitarlo en devolucion o compensarlo y en que tipo de declaracion en una mensual o en la anual complementaria?
Ejemplo:
Normal:
isr anual 10,000
pagos prov 5,000
a cargo 5,000 se pagaron
Complementaria:
isr anual 4,000
pagos prov 5,000
isr favor 1,000
y el pago en la decl. anual normal de $5,000 tambien queda a favor.
Buen dia a todos y gracias por sus comentarios.
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gaboss
Cabo
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19/Ene/10 09:36
Re: Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
No concuerdo con la opinión de MiguelJurado, pero por supuesto que que si puede haber pago de lo indebido de ISR, por lo menos, y por experiencia, acabo de obtener una devolución de un pago provisional de IETU (que igualmente se calcula por ejercicios, y se hacen pagos mensuales a cuenta del impuesto anual).
En el pago provisional normal pague: $100
En el complementario: $0
Pago de lo indebido: $100
Motivo: 'error en cálculo'
Lo pedi en devolución, me lo devolvieron como pago de lo indebido, actualizado desde el mes que realice el pago provisional hasta el mes que me lo devolvieron
Saludos
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fiscalcorp
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19/Ene/10 10:21
Re: Aplicacion de pago de los indebido o acreditamiento de pago en exceso en la anual
Buen dia:
Para comentar lo siguiente, al consultar con los de hacienda en que forma se debe presentar el saldo a favor de isr en una complementaria, al ser mayores los pagos provisionales y un saldo a cargo pagado en la declaracion anual normal, ellos comentan que lo que se debe hacer es corregir los pagos provisionales y ahi reflejarlos como pago de lo indebido, para que en la declaracion anual complementaria deje solamente como pagado lo del isr anual para que quede reflejado sin saldo a cargo ni a favor (no dan un fundamento especifico). ¿Es correcto? Gracias
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gaboss
Cabo
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