Dando respuesta a tu consulta, me permito transcribir textualmente el artículo 137 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta:
'Para los efectos del artículo 110 de la Ley, se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado,el importe de las becas otorgadas a personas que hubieren asumido la obligación de prestar servicios a quien otorga la beca, así como la ayuda o compensación para renta de casa, transporte o cualquier otro concepto que se entregue en dinero o en bienes, sin importar el nombre con el cual se les designe'.
El importe de las becas otorgadas se asimilan a salarios......