20/Oct/10 19:45
REQUISITO PARA EXENCION DE VENTA POR CASA HABITACIÓN-...
buenas tardes compañeros;
tengo una duda con respecto a la exención por venta de casa habitación...
operación que se hizo...
número uno
hijo compra en año 2003....hace donación a su mama en 2010....
aquí entra la duda-.--
MAMA QUIERE VENDER en 2010..AQUI ES DONDE SI ES OBJETA DE EXENCION AL ISR.. mama tiene la direccion en credencial de IFE diferente al que habita.....MAMA vive con su hijo...
hijo tiene habitada la casa en más de diez años....(cumple con el requisito minimo de 5 años-..) puede comprobar con los comprobantes de luz y agua........
AQUI ES DONDE DICE...
Titular
La documentación indicada deberá estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta. (130 RLISR...orale...pueden estar a nombre de sus hijos.....ENTIENDO...
entraria la exención de los comprobantes si los tiene a nombre de su hijo......
la donación ya se hizo.....jejejeje salio venta no se pensaba vender...en fin...
ME PUEDEN DECIR SI SE PUEDE APLICAR ESTE TIPO DE EXENCION....
MIL GRACIAS...
Pruebas para la exención
El contribuyente deberá acreditar ante el fedatario público respectivo que la casa habitación es suya con alguno de los documentos siguientes, siempre que el domicilio que aparezca coincida con el del bien inmueble enajenado (130 del RLISR):
• La credencial de elector.
•
Los recibos de luz o teléfono fijo.
• Los estados de cuenta bancarios o de casas comerciales, o de tarjetas de crédito no bancarias.
Para que proceda la exención sobre la totalidad de los ingresos deberá exhibirse cuando menos un comprobante de pago de los mencionados por cada ejercicio. Estas condiciones las establece la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 (I.3.12.3.).
Titular
La documentación indicada deberá estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta. (130 RLISR