28/Oct/10 10:57
Re: MULTA DIOT EN ARRENDAMIENTO
Veamos otro enfoque.......
ISR
La ley de ISR dentro del capítulo III de arrendamiento me dá la opción de ELEGIR la forma en que entere mi impuesto conforme al citado impuesto de la siguiente manera:
1-. utilizar comprobantes
2-. utilizar la deducción del 35%, obviamente aquí ya no podré utilizar los comprobantes del inciso 1) porque usaré la dedución ' ciega '...
IVA
1-. Independientemente que si utilizo para fines de ISR la deducción ' ciega ', ésta multicitada facilidad NO está estipulada ni en la LIVA, ni en el IETU.
2-. Por consiguiente, los comprobantes que tenga el causante ( si es que los tiene ), es lo que despues de un resúmen de sus proveedores, los capturará en la DIOT a contrario sensu, al tener la clave del IVA, procederá en caso de no tener comprobantes, a declarar en ceros la DIOT., derivado que si tiene activada la clave del IVA, y porque se encuentra en el supuesto del numeral 1 F-III LIVA.
3-.
Entonces, la obligación de enterar la DIOT NACE en el numeral 32 F-VIII LIVA, ya que la ley de ISR no estipula la presentación de la misma, sino como ya expresé con anterioridad, es la ley del IVA., y en donde tampoco en ésta última indica como debemos considerar el IVA en caso de una facilidad en otra ley., el cual no debemos distinguir...
saludos
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