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03/Nov/10 18:10
Re: DESCRIBIR Y NO DETALLAR........

Artículo 29-A.CFF- Los comprobantes a que se refiere el Artículo 29 de este Código, además de los requisitos que el mismo establece, deberán reunir lo siguiente:

V.- Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.


descripción.

(Del lat. descriptĭo, -ōnis).


1. f. Acción y efecto de describir.

2. f. Der. inventario.

describir.

(Del lat. describĕre).


1. tr. Delinear, dibujar, figurar algo, representándolo de modo que dé cabal idea de ello.

2. tr. Representar a alguien o algo por medio del lenguaje, refiriendo o explicando sus distintas partes, cualidades o circunstancias.


Con respecto a la ' descripción ' de los comprobantes fiscales, y en forma conservadora les comento a mis clientes que plasmen a detalle lo que facturen, prefiero no dar pie a la autoridad, por citar un ejemplo...un cliente vende un auto, ya me imagino que en comprobante se exponga ' Automovil Rojo y listo '...Definitivamente NO, sino anteponer todas las características del automóvil, numero de serie, etc..etc..


saludos
 
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CPhugoocejo
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03/Nov/10 18:19
Re: DESCRIBIR Y NO DETALLAR........

jojojojooj.......ese hugo se las avienta buenas..............SI, OBVIAMENTE QUE DEPENDE DEL BIEN QUE SE ENAJENE, SE PODRÁ COMO DICES CONSERVADORAMENTE, .....DETALLAR,........

SALUDOS
 
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lobozac
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03/Nov/10 19:02
Re: DESCRIBIR Y NO DETALLAR........

bueno en el caso del automovil,pues es mas que indispinsabel conocer a detalle toda esa informacion, pues aparte de comprobar la propiedad, son requisitos para emplacar, tenencia, seguros, etc etc, pero estaremos de acuerdo que seran a lo mucho...10 renglones, en cambio una empresa de comercio al menudeo..pues si es algo de informacion, pero pensando mas bien en los negocios medianos a pequeños que tienen este tipo de operaciones casi al 100% con el publico en general, es muy tedeoso mas no imposible elaborar la factura de manera tan analiticia.

Pero pues si va en funcion del bien enajenado o del servicio prestado.

saludos
 
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04/Nov/10 10:23
Re: DESCRIBIR Y NO DETALLAR........

Pues ya le tocara a cada uno evaluar cada caso en particular para determinar la forma de 'describir' los bienes objeto de la enajenación.
 
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CP_PACO
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