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28/Dic/10 17:33
Re: Cheques sin utilizar

Buena tarde:

Mi estimado, se procede a la destrucción de los cheques, dejando constancia, levantando acta de destrucción de cheques, donde intervienen: el administrador, tesorero, etc. etc.

Saludos

Editado: Diciembre 28, 2010 17:34:29
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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28/Dic/10 17:43
Re: Cheques sin utilizar

Buenas tardes a_cano.

Lo que comentas es nuevo para mi.

Si es que debo proceder a la destrucción de los cheques me gustaria saber más del tema, por ejemplo: levantar acta ante notario ??

O que pasa si no los destruyo y solamente los archivo en mi póliza ??

Saludos !!
 
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cpprovidencia
Cabo

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28/Dic/10 18:07
Re: Cheques sin utilizar

Mi estimado, se procede a la destrucción de los cheques, dejando constancia, levantando acta de destrucción de cheques, donde intervienen: el administrador, tesorero, etc. etc.

COMPAÑERO, PODRIAS REGALARNOS EL FUNDAMENTO A ESTO ?.....SERIA INTERESANTE CONOCERLO Y ES QUE YA LE DI VUELTAS Y VUELTAS A LA LTOC Y NO ENCONTRE ALGO AL RESPECTO


GRACIAS


SALUDOS Y LOL MEJOR PARA ESTE 2011 !!!!!!!!
 
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lobozac
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28/Dic/10 20:34
Re: Cheques sin utilizar

Buena noche:

Mi estimado, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en su Capítulo IV, se regula el cheque, y de acuerdo con el artículo 176 de la Ley en comento, el cheque debe contener:

I.- La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento;

II.- El lugar y la fecha en que se expide;

III.- La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

IV.- El nombre del librado;

V.- El lugar del pago; y

VI.- La firma del librador.

En este caso lo que realmente se estará destruyendo, son formatos o esqueletos que están vacíos, mediante acta administrativa, en dicho acto deberá participar tanto el responsable de su resguardo y control, como su jefe inmediato y dos testigos.
 

 
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a_cano
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29/Dic/10 07:56
Re: Cheques sin utilizar

a_cano: muy interesante tu aportación, en lo personal no tenía conocimiento de este procedimiento.

Tú ya lo has llevado a cabo?
 
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CP_PACO
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29/Dic/10 09:43
Re: Cheques sin utilizar

simplemente póngale un sello de cancelado
 
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FISCALDICT
Capitán Segundo

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29/Dic/10 12:29
Re: Cheques sin utilizar

Buen día:

Mi estimado Paco, es un procedimiento que es llevado a cabo, por algunos organismos del sector gobierno.

¿Que ocupará más espacio, una hoja que contiene redactada un acta administrativa o conservar una serie de formas continuas o talonarios?

¿A quién le interesa de que sean destruidos y en un momento dado no se haga mal uso de dichos documentos?

Considero que se deberá consultar al banco en el cual se llevan las cuentas, en relación de que si se deberá solicitar por escrito, dar de baja de su sistema los “folios” que no van a ser utilizados.

Saludos




Editado: Diciembre 29, 2010 12:35:58
 

 
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a_cano
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29/Dic/10 12:36
Re: Cheques sin utilizar

a_cano: gracias por tu respuesta.

Saludos.
 
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CP_PACO
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29/Dic/10 12:55
Re: Cheques sin utilizar

HOLA: a-cano:
Te contesto, es indiscutible la prueba documental en todos los actos Jurídicos, por esto que comentas, por lo tanto no basta guardar sóla tu hoja redactada o acta administrativa.


Que ocupará más espacio, una hoja que contiene redactada un acta administrativa o conservar una serie de formas continuas o talonarios..



Saludos y feliz 2011 a todas y todas !!!!!!!!
Bye.

Editado: Diciembre 29, 2010 12:56:32
 
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FISCALDICT
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29/Dic/10 18:24
Re: Cheques sin utilizar

La contabilidad registra operaciones que afectan económicamente a un entidad. La cancelación o mas bien la no utilización de una cierta cantidad de cheques no es una actividad económica y por lo tanto tampoco es registrable contablemente. Si tu numero de póliza cheque es el numero del cheque pues simplemente empieza con la nueva numeración y punto.
 
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Manuel11
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