04/Ene/11 19:19
Buenas, una PF, ya para cierre de año 2010, checa facturas, y en la revisión, se da cuenta que hay unas facturas de la CFE, las cuales no agregó en los meses de agosto a noviembre del 2010. Puede meter todas en diciembre, para que entren reflejadas en el ciclo 2010 ?...
o que necesita hacer ?
gracias
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lorito
Capitán Segundo
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04/Ene/11 21:24
Re: DIOT Diciembre 2010
Hola:
Para efectos de la DIOT debe ser en los meses en que habrian sido pagados (su IVA y los servicios), que incluso pudiese incluirse como proveedor global.
Para efectos del ISR anual, no importa en que mes se consideren, unicamente que sea dentro del mismo ejercicio
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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04/Ene/11 22:09
Re: DIOT Diciembre 2010
checa facturas, y en la revisión, se da cuenta que hay unas facturas de la CFE, las cuales no agregó en los meses de agosto a noviembre del 2010
Consulte el numeral 5 y 32 F-VIII LIVA.....
saludos
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CPhugoocejo
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05/Ene/11 08:47
Re: DIOT Diciembre 2010
La respuesta la tienes respecto a la fecha en que efectivamente fueron pagadas esas facturas.
Saludos.
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CP_PACO
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05/Ene/11 15:54
Re: DIOT Diciembre 2010
Hola.
Creo que tu duda, va enfocada a no tener que presentar complementarias de iva y por ende diots de esos meses en lo que hubo modificacion.
Estrictamente deberias de hacerle caso a la fecha de pago del iva , que es cuando tienes el derecho de acreditamiento, ya que en caso de no hacerlo, tu resultado de iva, ya sea impuesto por pagar o saldo a favor no seria el correcto.
Pero.......... en la practica muchos , (incluyendome) hacemos pequeños ajuste, para evitar presentar todas las complementarias....
Otra opcion es no acreditar ese iva, pero de esta forma tendrias un perjuicio para el contribuyente.
Buenas tardes
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cmvdominguez
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