07/Ene/11 17:36
Re: Datos adicionales del comprobante que llevara el CBB
Lo que comenta CP PACO datos adicionalessegun sus comentarios
ademas del CBB
y lo que recopile de esto como requisitos adicionales a el CBBES LO SI GUIENTE:
1.-lo que se emite en la liga del SAT que me mando CPVICTORpara que quede a la vista:
¿QUÉ DEBO HACER PARA EMITIR FACTURAS CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD?
CBB CODIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL
1. Contar con Firma Electrónica Avanzada vigente.
2. Solicitar la asignación de folios y en su caso serie para la expedición de comprobantes fiscales impresos.
3. Asegurarse de que sus facturas contengan la siguiente información:
•
Nombre, denominación o razón social del emisor.
• Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
• Domicilio fiscal de quien los expida.
• Lugar y fecha de expedición.
• Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.
•
Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
• Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra,
• Monto de los impuestos que deban trasladarse, en su caso, desglosados por tasas. •
Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
Contener además:
•
El Código de Barras Bidimensional (CBB) proporcionado por el SAT, en un tamaño de 2.75 cm. por 2.75 cm., y con resolución mínima de 200/200 dpi. Se los tenemos el lunes
• El número de aprobación y número de folio asignados por SICOFI. Se los tenemos el lunes
• La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 5 puntos.
El requisito a que se refiere el artículo 29-A, fracción VII del CFF (que sólo será aplicable a los contribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano).
Una vez aprobada la asignación de folios, el SAT proporcionará al contribuyente emisor un CBB como dispositivo de seguridad.
Los folios asignados al contribuyente, así como el CBB, tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, los cuales deberán imprimirse en el original y en la copia correspondiente a cada uno de los comprobantes fiscales.
Importante: La opción de emitir comprobantes fiscales impresos dejará de surtir efectos cuando, durante el ejercicio fiscal de que se trate, el contribuyente obtenga ingresos superiores a 4 millones de pesos, supuesto en el cual, a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase dicho monto, el contribuyente deberá expedir sus comprobantes fiscales conforme a lo que establece el artículo 29, primer párrafo del CFF.
2.- Y finalmente lo que comento CP PACO como adicion a la reforma a la Regla Miscelánea 2010 I.2.23.2.1., en vigor a partir del 1° de enero de 2011, incorpora el requisito de señalar la vigencia de dos años del comprobante fiscal, mediante la incorporación de la leyenda
'Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa', misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.
Editado: Enero 07, 2011 17:36:59
Editado: Enero 07, 2011 17:38:20
Editado: Enero 07, 2011 17:39:27