24/Ene/11 13:39
Declaracion Anual en Liquidacion
Saludos a todos los foristas, les presento la siguiente duda, la declaracion a la que hace mencion el Art.12 de LISR LIQUIDACION DE SOCIEDADES '
Al término de cada año de calendario, el liquidador deberá presentar una declaración, a más tardar el día 17 del mes de enero del año siguiente, en donde determinará y enterará el impuesto correspondiente al periodo comprendido desde el inicio de la liquidación y hasta el último mes del año de que se trate y acreditará los pagos provisionales y anuales efectuados con anterioridad correspondientes al periodo antes señalado. ' ¿se presenta a traves del sistema DEM por cada año y por los años que dure la liquidacion?