28/Ene/11 11:13
CORRECTO ARRENDAMIENTO TASA 16 REGION FRONTERIZA
Me rentan un local comercial en Franja Fronteriza, tengo establecimiento alla en Nuevo Laredo, la matriz es en Monterrey, ¿ es correcto que me apliquen la tasa del 16% o se aplica la tasa del 11%? .
Aclaraciones: mi matriz es Monterrey, el local es Nuevo Laredo y ya di de alta el establecimiento, la persona que renta es de Monterrey tambien y me dice que no tiene establecimiento en Nuevo Laredo, sin embargo contradictoriamente me renta el local alla.
Saludos.
Editado: Enero 28, 2011 11:15:18
Editado: Enero 28, 2011 12:50:47
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choco75
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28/Ene/11 18:53
Re: CORRECTO ARRENDAMIENTO TASA 16 REGION FRONTERIZA
buena tarde
recuerda que el 2 de IVA te maneja dos supuestos para gravar al 11%:
1.- Que el que preste el servicio, enajene el bien o Arrendador de un bien sea contribuyente de franja fronteriza y,
2.- Que la prestacion del servicio, enajenacion del bien o el arrendamiento del bien se lleve a cabo en la region fronteriza.
Te pregunto cumpleo con los dos? Si, entonces es Tasa 11%, No, estonces es Tasa 16%
saludos
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fiscal13
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31/Ene/11 11:14
Re: CORRECTO ARRENDAMIENTO TASA 16 REGION FRONTERIZA
...tengo establecimiento alla en Nuevo Laredo....
.......me dice que no tiene establecimiento en Nuevo Laredo, sin embargo contradictoriamente me renta el local alla......
... ¿ es correcto que me apliquen la tasa del 16% o se aplica la tasa del 11%? .....
No, no es correcto, debe aplicarse la Tasa del 11%, ya que ambos tienen local en Nuevo Laredo.
Aún y cuando el Art. 2 de LIVA no señala específicamente el caso de los Arrendamientos, resulta obvio ya que el local no es 'movible' y por lo tanto se considera como local en zona fronteriza.
Además el mismo Art. 2 de LIVA, en su redacción incluye a todos los actos o actividades objeto del IVA:
LIVA
Artículo 2o.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 11% a los valores que señala esta Ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.
Se observa que especificamente no señala a los arrendamientos, pero resulta obvio por lo comentado anteriormente.
También el RLIVA, precisa los contribuyentes que se consideran residentes en región fronteriza:
RLIVA
Artículo 5. Para los efectos del artículo 2o. de la Ley, se consideran residentes en la región fronteriza:
I.- Los contribuyentes con uno o varios locales o establecimientos en dicha región, por las actividades que realicen en dichos lugares, y...
......
Saludos
Editado: Enero 31, 2011 11:15:41
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
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CHAVALON
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31/Ene/11 16:29
CORRECTO ARRENDAMIENTO TASA 16 REGION FRONTERIZA
Chavalon se me hace muy acertado tu repuesta (no por que me convenga) sino que haces un analisis muy bueno de la Ley.
Bueno en fin no saco a la señora de su argumento de que no tiene un establecimiento abierto en Nuevbo Laredo a pesar del local que nos renta alla, pero ni hablar esa es otra historia.
Saludos y gracias a ambo.
Editado: Enero 31, 2011 16:30:38
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choco75
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31/Ene/11 23:28
Re: CORRECTO ARRENDAMIENTO TASA 16 REGION FRONTERIZA
coincido con la Señora, si ella no tiene su domicilio en Franja Fronteriza, no cae en el supuesto de gravar al 11% sus Actos.
en mi caso estoy en Franja fronteriza y una persona del interior del pais me renta la Oficina a 16% y coincido con ella.
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fiscal13
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01/Feb/11 12:11
Re: CORRECTO ARRENDAMIENTO TASA 16 REGION FRONTERIZA
a Ver jrios esta bien que la señora no tenga establecimiento, pero ella debe desglosar su iva al 11% cito a CHAVALON:
RLIVA
Artículo 5. Para los efectos del artículo 2o. de la Ley, se consideran residentes en la región fronteriza:
I.-Los contribuyentes con uno o varios locales o establecimientos en dicha región, por las actividades que realicen en dichos lugares, y...
Por lo tanto de este analisis al tener un local (el cual renta) sin importar si tiene establecimiento o no en Nuevo Laredo, ya se considera que la citada señora es residente en la region fronteriza.
Es mi opinion
Editado: Febrero 01, 2011 12:12:53
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choco75
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