BUENOS DIAS, QUE PASARIA SI YO PROVICIONO LOS SUELDOS DE LA ULTIMA QUINCENA DE DIC Y LOS PAGO HASTA EL 2012, ¿ ES FACTIBLE SU DEDUCIBILIDAD EN EL 2011?
Mensajes:
156 Ingresó:
Noviembre 08, 2011 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
16/Dic/11 11:08
Re: SUELDOS FIN DE AÑO
hola buenos dias
'QUE PASARIA'
muchas cosas suelen pasar si aplicas esa provision, para empezar estarian de acuerdo los trabajadores en que tu les pagues hasta enero y no en el ultimo dia de la quincena de diciembre?
Mensajes:
555 Ingresó:
Octubre 27, 2005 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
16/Dic/11 15:16
Re: SUELDOS FIN DE AÑO
1.- Se debe cubrir o pagar los salarios en el mismo ejercicio.
2.- Tambien pagarse sus retenciones correspondiente
3.- Existir congruencia en las declaraciones anuales de los trabajadores.
Es comun que los gastos por salarios no pagados no se deduzcan, se incremente o acumulen la provision de los gastos a personas fisicas, no tan solo por salarios, arrendamiento, fletes, honorarios, etc o cualquier tipo de erogacion que representa una deduccion y que no haya sido pagada dentro del ejercicio.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
Mensajes:
15565 Ingresó:
Julio 10, 2007 Ubicación:
No Conectado
Agregar como amigo
17/Dic/11 11:53
Re: SUELDOS FIN DE AÑO
Buenos dias, sin meternos en el ambito laboral, si provisionas un gasto de esa naturaleza, SOLO LO PUEDES DEDUCIR HASTE Q LO PAGUES. ART. 31 frac.. IX LISR