20/Abr/12 15:29
ANUAL PF - DEDUCCION INTERES PAGADOS POR CREDITOS HIPOTECARIOS
Buenas tardes tengan todos ustedes apreciables miembros del foro.
Les comento, una persona física obtuvo un crédito hipotecario en SEP 2011 para la adquisicón de su casa habitación con un banco. Se tiene los estados de cuenta únicos proporcionados por el banco mensualmente de SEP a DIC 2011.
Mi duda es en la interpretación del Art. 227, RLISR que dice:
Las sociedades que componen el sistema financiero y los organismos a que se refiere el artículo anterior, que perciban intereses derivados de los créditos hipotecarios a que se refiere el artículo 176, fracción IV de la Ley, deberán consignar en el estado de cuenta que proporcionen a los contribuyentes que les cubran dichos intereses, correspondiente al último mes del ejercicio de que se trate o en constancia anual, la información siguiente:
I. Nombre, domicilio y Clave en el Registro Federal de Contribuyentes, del deudor hipotecario de que se trate.
II. Ubicación del inmueble hipotecado.
III. Los intereses nominales devengados, así como los pagados en el ejercicio, respecto de estos últimos se deberá distinguir los intereses reales pagados en el ejercicio.
Cómo mencioné anteriormente se tiene el estado de cuenta de DIC (correspondiente al último mes del ejercicio), el contribuyente solamente proporcionó la hoja donde detalla la amortización del crédito hipotecario pero solamente desgloza el monto de interés correspondiente al mes.
Pregunta: ¿se deberán tomar en cuenta el monto de intereses pagados en cada uno de los meses según lo estados de cuenta? o ¿se tendrá que pedir una constancia anual?
Otra cosa, quién ya a deducido intereses ¿podría explicarme con palabras simples la mecánica del cálculo del interés real? Lo anterior debido a que el Art 231 RLISR me confunde un poco.
Gracias, de antemano.