16/Jul/12 10:57
Cancelación de cuenta incobrable con nota de crédito
Somos una persona moral, en enero de 2010 se le vendió a un cliente con el cual hubieron problemas y nunca nos pagaron, fue un monto de $5,100.
Actualmente queremos depurar esa cuenta. Leyendo en otros tópicos veo que hablan acerca del artículo 31 de ISR y de los requisitos que hay que cumplir para su deducción, sin embargo quiero saber qué implicaciones tendría el hecho de que se maneje simplemente como una nota de crédito hecha al cliente en el mes actual. ¿Sería eso posible?