24/Jul/12 12:05
Re: ¿Puede un socio mayoritario facturarle a su propia empresa?
Haciendose lo que sea, dividendos, arrendamientos, salarios, honorarios... la operacion que fuere, se consideraria una operacion con parte relacionada.
Si es conforme a dividendos ya se estaria cubriendose el impuesto correspondiente, en el caso de que exista CUFIN, pues previamente se cubrio el ISR y tan solo se rebaja de la cuenta. Pero, si no hay CUFIN, pues se retiene y se cubre el impuesto correspondiente.
El problema para el resto de las operaciones con partes relacionada por ley debe existir algun estudio de precios de transferencias, que en la mayoria de las ocasiones es mas costoso que los numerarios de las operaciones en si, lo que provocaria mejor no hacer el estudio, sin embargo, las autoridades podrian estimar que no fueron realizadas a valores de mercado las operaciones. Y el problema ademas de que no se den tratos de costos preferenciales es de que no se traspasen utilidades a partes relacionadas con perdidas con el fin de buscar evadir las contribuciones, pues de alguna manera se estaria aprovechandose las perdidas de otros contribuyentes con la realizacion de estas operaciones fictas que de algun modo, causarian suspicacias a las autoridades, pues si es valido que existan operaciones, solo que enrealidad sea una necesidad indispensable en cada una de las empresas y no tan solo para cuidar amortizar perdidas de manera tan desleal
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?