31/Jul/12 22:19
Re: segundo ejercicio fiscal
Y bueno complementando un poco más, para efectos del IETU, éste sigue la misma suerte que el ISR, de acuerdo a lo siguiente:
LIETU
'Artículo 9. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto empresarial a tasa única del ejercicio, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas
en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta.'
Por lo tanto, de acuerdo a lo anterior, el primer pago de 2012 de IETU, también debe ser trimestral.
Saludos y buena suerte, nuevamente.
p.d. El resto de las obligaciones que se tengan deben ser declarados de forma mensual.(creo que esto sí estaba claro, pero por si las dudas
)
Editado: Julio 31, 2012 22:23:21
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo