02/Ago/12 11:28
Re: Calculo ISR y Subsidio al Empleo a trabajadores (sueldos y salarios)
Hola buen dia:
a)la forma de calcular el isr a trabajadores es acumulado es decir si se calcula el isr de julio 2012, se deve considerar el acumulado de meses anteriores,?
b)cambia la forma de calcular si se paga quincenal o mensual?
En LISR se expone una tabla mensual Art 113 LISR y otra anual Art 177 LISR. El procedimiento es el mismo SIEMPRE para ambas tablas. Donde ambas tablas practicamente son las mismas, solo variarian en base a su PROPORCION. Una es por 1 mes, la otra abarca 12 meses, el año completo.
Para la tabla mensual, los calculos podrian realizarse de manera acumulada (agrupandose los periodos de pago que coinciderian dentro del mes. Este seria un procedimiento medio burdo con ciertas fallas en la aplicacion de la proporcionalidad
PROPORCIONALIDAD significa que son porciones. Ej 1/2, significa una porcion a la mitad. Matematicamente tambien se podria expresar como 0.50 ó 50% Las tres expresiones significan la misma PORCION. La mitad de algo.
A la hora de determinar PROPORCIONES continuamente debieramos aplicar la regla de 3 simples o la extrapolacion.
Por ejemplo si tenemos una semana un salario al cual debieramos aplicar tambien determinaciones exentas, no es sencillo estar aplicando la proporcionalidad o porciones de la manera mas exacta posible. Pues el factor del tiempo, los dias, meses y el año, iria cambiando y en ocasiones no se considerarian de manera integral. Es decir, algunos toman el mes 30 dias, pero 30 x 12 meses son 360 dias. Las nominas durante todo el año, no se debieran pagarse 360 dias. Mientras que el año pudiera tener 365 ó 366 días. Estas discrepancias si no son consideradas pudieran dar por resultados pequeñamente distintos en las porciones determinadas o incluso en algunas ocasiones una diferencia medio grande en la determinacion de las porciones por los ingresos exentos o no afectos a determinarles retencion
Pero para evitar este procedimiento, existe programas computacionales que aplican una tabla PROPORCIONAL, es decir, el SAT publica tablas semanales, por decenas o por quincena, de este modo no habria necesidad de la acumulacion, el procesador de computo, determinara las tablas por Usted.
c) los incisos anteriores pero con el subsidio al empleo
Le aplica el mismo principio, hay OTRA tabla mensual distinta, debiera aplicar un procedimiento proporcional.
Segun el art 31 F-IV CPEUM señala: que los mexicanos estariamos obligados a contribuir al gasto publico conforme a los principios de equidad y PROPORCIONALIDAD.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?