27/Sep/13 12:19
Regla I.2.8.3.1.1 deben emitir XML ? Fraccion I y II
Colegas
Buenas tardes a todos por este medio quisiera saber si alguno de ustedes ha recibido algun comprobante por parte de alguna entidad federativa o municipio en donde les expidan un comprobante basandose en la regla citada.
el punto es que no me quieren proporcionar el XML por que dicen no tener la obligacin, sin embargo leyendo la regla no habla de nada al respecto en el entendido de emitir CDF deben de contar con un XML . cito la regla en comento y en espera de sus comentarios y/o experiencia al respecto.
Sección I.2.8.3. De los comprobantes fiscales emitidos conforme a facilidades administrativas
Subsección I.2.8.3.1. De las formas alternas de comprobación fiscal
Documentos que pueden utilizarse como comprobantes fiscales
I.2.8.3.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción III del CFF, los siguientes documentos servirán como comprobantes fiscales por los actos o actividades que se realicen o por los ingresos que perciban, en los siguientes casos:
I. Cuando se trate del pago de contribuciones federales, estatales o municipales, las formas o recibos oficiales emitidos por la dependencia o entidad respectiva, siempre que conste la impresión de la máquina registradora o el sello de la oficina receptora, o
bien el sello digital generado a partir de un certificado de sello digital expedido por el SAT o por la dependencia o entidad pública de que se trate. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose del pago de contribuciones por el uso de autopistas, carreteras o puentes, federales, estatales o municipales.
La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar el importe íntegro de su remanente de operación, así como los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de la Ley del ISR, podrán estar a lo dispuesto en la presente fracción.
II. Formas o recibos oficiales que emitan las dependencias públicas federales, estatales o municipales, tratándose del pago de productos o aprovechamientos, siempre que en los mismos conste la impresión de la máquina registradora, el sello de la oficina receptora o bien el sello digital generado a partir de un certificado de sello digital expedido por el SAT o por la dependencia o entidad pública de que se trate, y reúnan como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 29-A, fracciones I, III, IV, primer párrafo, V, primer párrafo, VI, primer párrafo y VII primer párrafo del CFF, y los contenidos en la regla II.2.6.1.1., cuando en su caso sean aplicables
La verdad es relativa, la neta es absoluta...