06/Nov/13 17:35
Obligado a Alta de Ley Antilavado?
Buenas Tardes estimados foristas:
Una Persona Fisica con actividad empresarial y profesional que expide honorarios solo por llevar la contabilidad, de manera independiente sin que medie relacion laboral, pero que NO
REALIZA las siguientes operaciones:
1.-Compraventa de bienes inmueble o cesion de derechos sobre estos.
2.-Administracion y manejo de recursos,valores o cualquier otro activo de sus clientes.
3.-Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores.
4.-Organiza aportaciones de capital u otros recursos para constituir, operar y administrar soc
mercantiles.
5.-Constitucion,escision,fusion,operacion y administracion de PM o vehiculos corporativos,
incluido el fideicomiso y compraventa de entidades mercantiles.
por el simple hecho de PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES DE MANERA INDEPENDIENTE, se obliga a darse de alta en el portal de la Ley Antilavado?
me asalta esa duda porque varios profesionistas como el caso que menciono, se niegan a que se les de de alta por no estar efectuando esas operaciones, concretamente contadores, doctores y licenciados, que encajan en esto.
les agradecería me pudieran indicar si es correcto o se tiene que registrar 'a fortiori'
gracias de antemano por el apoyo y asesoria que me pudieran facilitar.