05/Ene/14 16:58
Re: IEPS en pan dulce
debe de leerse la LIESP pues la gravacion se realiza a productos que convergen con la azucar. Algo similar a los refrescos.
Pongamos el ejemplo
Una agua mineral no contiene los azucares, no debe sufrir este incremento por la gravacion del IESP
Los refrescos dieteticos, supuestamente contienen sustitutos de los azucares, por lo tanto tampoco le resutaria la afectacion al IESP
Los refrescos que se verian impactados son los que no emplean sustitutos y que no evitan en su produccion el empleo de las azucares.
De manera muy similar seria para el pan dulce, pues habria endulzantes sustitutos
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?