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Re: COMO FACTURO UN AUTO USADO
(3/DGA/2014) FACTURACIÓN EN LA COMPRA DE UNIDADES USADAS
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Publicado el Jueves, 09 Enero 2014 22:27
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Fecha: 9 de Enero de 2014
Circular No. 3/DGA/2014.
Contenido: FACTURACIÓN EN LA COMPRA DE UNIDADES USADAS.
Fundamento legal y comentarios adicionales
Estimados asociados:
Como es de su conocimiento, las Reformas al Código Fiscal de la Federación que entraron en vigor a partir del 1º de enero de 2014, hacen obligatorio contar con comprobantes fiscales digitales (CFDI) como requisito para poder deducir fiscalmente las erogaciones que se realicen.
Con ese motivo, desde el pasado mes de octubre de 2013, la AMDA celebró diversas reuniones con las autoridades fiscales del SAT para plantear y solucionar la emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales que iban a ser obligatorios a partir de 2014, en el tema de las compras que realizan nuestros asociados a personas físicas que no están obligadas a emitir comprobantes fiscales.
La solución a la que se llegó, validada y publicada en las reglas generales para 2014, consiste en:
Contar con un sistema de autofacturación a nivel nacional.
El sistema será proporcionado por AMDA, conjuntamente con un proveedor autorizado como PSECFDI[1] .
El esquema de funcionamiento consiste en:
La persona física ( vendedora del auto usado) acude a la distribuidora
La distribuidora abre la aplicación respectiva en la página de AMDA, la cual se conecta con el proveedor autorizado (PSECFDI).
Se requiere CURP y preferentemente RFC de la persona física.
El sistema AMDA permite: (1) elaborar la factura, (2) la certifica o timbra para efectos fiscales vía el proveedor autorizado y (3) la devuelve a la distribuidora.
La distribuidora recibe los archivos electrónicos y se obliga a conservarlos en el plazo señalado por las disposiciones fiscales.
La distribuidora genera dos representaciones impresas de dicho comprobante
La distribuidora entrega a la persona física una representación impresa del CFDI, recabando en la otra, la firma de la citada persona física, como constancia del consentimiento de ésta para la emisión de CFDI a su nombre, conservándola como parte de la contabilidad.
El SAT recibe la información a detalle por conducto del CFDI.
Adicionalmente, el sistema permitirá a la persona física inscribirse en el RFC, cuando así se requiera.
El SAT explicó que esta solución no podía ser exclusiva para la AMDA, por lo cual subió la solución a sus reglas generales.
La AMDA está trabajando intensamente en liberar la aplicación informática que permita lo anterior, lo cual ocurrirá en los próximos días.
Para las operaciones que se presenten en estos días se sugiere:
Celebrar el Contrato de Compraventa de la unidad.
Verificar si la persona física se encuentra inscrita en el RFC. Si no es el caso, solicitarle el CURP o una copia de su acta de nacimiento y conservar una copia fotostática de este documento.
Solicitar a la persona física los datos para poder emitir la factura.
Adicionalmente, se requiere recabar la actividad preponderante que realizan y su domicilio fiscal o el que desea utilizar como tal.
Sin embargo esto es para el uso de la pagina de la amda, si quiero hacerl la factura en el sat, ¿cual es la aplicacion o la pagina para facturar? y si entro con mi fiel de la agencia no afecto mi facturacion actual?