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07/Feb/14 13:26
Re: LEY ANTILAVADO
Buen día:
...MI OBLIGACION DE PRESENTAR AVISO EN CON EL GIRO DE ARRENDADOR?
Va a depender del valor mensual de la renta...
De conformidad con la fracción XV, del artículo 17, de la LFPIORPI, el arrendador únicamente deberá dar seguimiento y agrupar aquellos actos u operaciones superiores a los $108,000.45 (1605 VSMDF) de un mismo cliente, en un periodo de 6 meses, sea igual o superior al monto acumulado de $216,000.90 (3210 VSMDF).