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02/Abr/14 13:30
CONSTACIA DE RETENCIONES POR CFDI?

Buenas tardes mis estimados colegas.

Tengo una pregunta si yo como persona moral hago un pago a una persona física con actividad empresarial y profesional y me expide un recibo de honorarios por CFDI yo como patrón estoy obligado a expedirle una constancia por cfdi por las retenciones?
Me podrían decir en que articulo se basan?

Saludos y muchas gracias
 
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CADEMCONSULTORES
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02/Abr/14 13:47
Re: CONSTACIA DE RETENCIONES POR CFDI?

Buena tarde:

El artículo 1.13., del DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF del 26 de diciembre de 2013, dispone lo siguiente:

Artículo 1.13. Las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado en los términos de los artículos 106, último párrafo y 116, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y 1o.-A, fracción II, inciso a) y 32, fracción V, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, podrán optar por no proporcionar la constancia de retención a que se refieren dichos preceptos, siempre que la persona física que preste los servicios profesionales o haya otorgado el uso o goce temporal de bienes, le expida un Comprobante Fiscal Digital por Internet que cumpla con los requisitos a que se refieren los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el comprobante se señale expresamente el monto del impuesto retenido.

Las personas físicas que expidan el comprobante fiscal digital a que se refiere el párrafo anterior, podrán considerarlo como constancia de retención de los impuestos sobre la renta y al valor agregado, y efectuar el acreditamiento de los mismos en los términos de las disposiciones fiscales.

Lo previsto en este artículo en ningún caso libera a las personas morales de efectuar, en tiempo y forma, la retención y entero del impuesto de que se trate y la presentación de las declaraciones informativas correspondientes, en los términos de las disposiciones fiscales respecto de las personas a las que les hubieran efectuado dichas retenciones.

Espero sea de utilidad.

Editado: Abril 02, 2014 13:47:55
 

 
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a_cano
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02/Abr/14 13:50
Re: CONSTACIA DE RETENCIONES POR CFDI?

Mil gracias mi estimado.

Espero que no haya salido ninguna ley después de esta.

Saludos
 
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