tengo dudas si a partir del dia de hoy empiezo a timbrar las nominas, tengo que timbrar a partir del 01 de enero de 2014 a la fecha o tengo que timbrar solo las nominas del 01 de abril de 2014 a la fecha?
El Artículo Cuadragésimo Sexto Transitorio de la RMF para 2014, dispone lo siguiente
Los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2014 tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en la sección II del capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, no estarán obligados hasta el 31 de marzo de 2014 a expedir CFDI por las remuneraciones que efectúen por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, ni por las retenciones de contribuciones que efectúen, en términos de las reglas I.2.7.5.1. y I.2.7.5.3. de la presente Resolución, respectivamente.