08/May/14 13:06
Buenos días a todos, agradezco su tiempo y solicito de la manera más atenta sus opiniones,
hice una consulta en el chat uno a uno del Sat donde les pregunto si la gasolina pagada en
efectivo en el RIF es deducible, me contestan que si, siempre y cuando cuente con un comprobante fiscal que cumpla con todos los requisitos fiscales y el activo fijo se haya deducido para efectos del ISR, le comento al operador que antes que entrara en vigor el RIF
ya tenía el vehículo y que como no tenía obligación de llevar contabilidad pues no lo deduje,
entonces su gasolina y gastos de mantenimiento no son deducibles, la única forma que haga
deducible esos gastos es comprando otra unidad me contesto, ...... no existe alguna forma
que esos gastos puedan ser deducibles sin comprar otra unidad?
gracias a todos por sus opiniones.....
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Maryhurtado
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08/May/14 17:37
Re: GASOLINA EN EL RIF
Hola, Maryhurtado. En mi humilde opinión considero que basta con el comprobante fiscal con los requisitos fiscales de una factura electrónica CFDI y esté expedida a tu nombre y por el monto para pagarse en efectivo. El comentario del chat se me hace poco realista ya que no se necesita adquirir un vehículo nuevo para hacer deducibles los gastos de mantenimiento y menos en este régimen que según es para FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES.
Es mi opinión. Saludos!
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Budokan
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08/May/14 17:46
Re: GASOLINA EN EL RIF
Buenas tardes
si puedes hacer deducible la gasolina pero siempre y cuando la pagues con cheque tarjeta de credito debito o transferencias, aunque sean pagos de menos de 2000 pesos no la debes de pagar en efectivo
tener la factura y el xml
saludos
Editado: Mayo 08, 2014 17:48:29
trs
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TRS
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09/May/14 09:50
Re: GASOLINA EN EL RIF
Hola buen día a todos, si se puede hacer deducible si la pagas en efectivo siempre que no exceda de 2,000.00 y que tengas el CFDI.
La respuesta que te dieron no tiene ningún fundamento.
Fundamento art. 112 frac. V ( ver preguntas frecuentes del RIF en la pagina del SAT.)
Salu2
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grupoimper
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09/May/14 11:46
Re: GASOLINA EN EL RIF
En el 112 F-V LISR no figura tácitamente que el efectivo sea UN MEDIO DE PAGO para que opere la deducibilidad.
Artículo 112. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes:
V. Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a $2,000.00, mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Pregunta:
Donde figura el efectivo como medio de pago?
LEASE ....mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Saludos
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GOrnelas
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09/May/14 11:48
Re: GASOLINA EN EL RIF
le comento al operador que antes que entrara en vigor el RIF
ya tenía el vehículo y que como no tenía obligación de llevar contabilidad pues no lo deduje,
De pura casualidad... antes de que ingresaras a RIF... que actividad económica tenias...?
Saludos
Editado: Mayo 09, 2014 11:49:09
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GOrnelas
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09/May/14 14:43
Re: GASOLINA EN EL RIF
Hola buen dia,
Hay que analizar bien lo que regula el art 112 frac. V
V. Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a $2,000.00, mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.[/color][/u]
Pregunta: donde dice que no se puede pagar en efectivo, y no solo la gasolina, cualquier deduccion.
Salu2
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grupoimper
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09/May/14 14:51
Re: GASOLINA EN EL RIF
Perdon me falto en mi intervención anterior:
Mi interpretación es que si la deduccion es inferior a 2,000.00 se puede pagar en efectivo inclusive la gasolina para el RIF.
De hecho siempre ha sido que cualquier gasto ( menos la gasolina) que no exceda de 2,000.00 se puede pagar en efectivo y ser deducible, en el caso especifico de los contribuyentes del RIF, no limitaron la gasolina como si la limitaron en el art. 27 frac III segundo párrafo.
Salu2
Editado: Mayo 09, 2014 14:52:38
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grupoimper
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09/May/14 15:09
Re: GASOLINA EN EL RIF
Página del SAT.
Otras dudas
Pregunta
El pago por la adquisición de gasolina en este régimen, cuyo importe sea igual o menor a 2,000 pesos, ¿puede hacerse en efectivo?
Respuesta
Sí, puede hacerse en efectivo.
Fundamento
Artículo 112, fracción V, de la Ley del ISR.
Ingresar a la página del SAT, RIF, preguntas frecuentes, otras dudas.
Salu2
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grupoimper
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09/May/14 16:37
Re: GASOLINA EN EL RIF
Que tal buenas tardes... me permito:
De entrada... se esta distinguiendo una norma, y le contesto, los medios de pago NO FIGURA EL EFECTIVO, es su interpretación, recuerde que las leyes no son diccionarios, ni la costumbre es ley, ver el numeral 5 CFF.
Pregunta:
Puede indicar el requisito para que opere la deducción fundamentando?
Saludos
Editado: Mayo 09, 2014 16:38:15
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
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GOrnelas
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