De los Ingresos por Asimilables a salarios, que se puede considerar como exento para el calculo de la declaración anual.
jose03 Soldado Mensajes:
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23/Ene/15 14:59
Re: asimilables
Hola José, Buenas tardes.
Todo el ingreso por asimilables a salarios, está gravado.
Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.
Saludos y buena suerte.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
ngm Mayor Mensajes:
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23/Ene/15 15:38
Re: asimilables
Saludos
Las excenciones señaladas en el art 93 solo aplican para el capitulo de sueldos y salarios, de hecho los asimilados no tienen derecho ni al subsidio al empleo, todo su ingreso es gravado
Espero haberte ayudado
oziel Capitán Segundo Mensajes:
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Junio 07, 2004 Ubicación:
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23/Ene/15 17:55
Re: asimilables
muchas gracias por sus comentarios.
me surgio la duda porque en la calculadora en que ofrece el portal dice lo siguiente
Contribuyente:
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Año: 2015 2014 2013 2012 2011 2010 2009 2008
Tipo de percepción: Salario Asimilado a salario
Período: Anual Mensual Quincenal Decenal Semanal
Ingreso gravado:
Ingreso exento:
Ingreso total:
calcular
como se darán cuenta pide el dato de ingreso exento?????.....para que si en este sistema no hay exentos.... disculpen la distracción.
nuevamente muchas gracias
jose03 Soldado Mensajes:
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Junio 17, 2013 Ubicación:
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23/Ene/15 18:57
Re: asimilables
Buena tarde:
El último enunciado del primer párrafo del artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, dispone lo siguiente:
No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.
Espero haber despejado tu duda...
a_cano Teniente Coronel Mensajes:
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Mayo 18, 2004 Ubicación: