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11/Mar/15 18:03
Re: ¿DESGLOSE DE IVA EN FACTURAS DE PUBLICO EN GENERAL PARA RIF?

¡Hola!! Estimado: GustavoVC88.

Buenos ejemplos lo que nos han dado. Solo quiero comentar respecto a lo mencionado con los ejemplos de si declaramos 100.00 o 116.00

Cabe recordar que según la ley de IVA, trasladar el impuesto es cobrarlo, no desglosarlo como malamente nos hacen creer en el SAT. Es decir, con operaciones al Público en General no debemos trasladar (entiéndase como cobrar) dicho impuesto, por lo que es correcta la apreciación del chat en el SAT al decir que declararemos los 116.00

Se supone que en teoría, al no 'desglosar' el IVA en los comprobantes es no trasladarlo (no cobrarlo) y por ende la cantidad señalada en el comprobante es el valor total de la contraprestación a la cual se le calcula el porcentaje de acuerdo a la facilidad.

En el momento en que desglosamos IVA en una factura al Público en General, estamos trasladando el impuesto y reconociendo que se cobró una cantidad de dicho impuesto por lo que estamos sujetos al pago de acuerdo a la mecánica correspondiente a la tasa del 16%.


Estoy totalmente de acuerdo con usted en sus conclusiones, con respecto a la mecánica del IVA para el Régimen de Incorporación Fiscal. Y este procedimiento es así por la razón de los Decretos de Estímulos Fiscales de IVA para la Ventas al Público en General.


¡Saludos!!!

Silvestre®


Editado: Marzo 11, 2015 18:04:10
 
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Silvestre
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13/Mar/15 18:12
Re: ¿DESGLOSE DE IVA EN FACTURAS DE PUBLICO EN GENERAL PARA RIF?

Buen día ,

Me queda muy claro lo que comentan,

pero aun así no estoy de acuerdo (a claro, que como lo comenta Gustavo Y Silvestre, así lo aplico, como lo redacta la facilidad).

Por que como comentan; 'trasladar el impuesto es cobrarlo'. Si yo realizo una operación gravada con IVA al 16%, no puedo dejar de cobrar o trasladar el impuesto independientemente de que en el comprobante los desglose o no, el IVA se traslada o se cobra por que la actividad que realizo es gravada.

Así pues el hecho de tomar 'valor total de la contraprestación' como ingreso, lo considero un error, que afecta la interpretación de INGRESO e IMPUESTO TRASLADADO

Ejemplo:


Si yo vendo en el año 1,800,000.00 mas IVA facturadas con IVA desglosado a clientes, puedo seguir tributando en el RIP


Si yo vendo en el año los mismos 1,800,000.00 mas IVA al publico en general, sin el IVA desglosado, informaría al sat que mis INGRESOS FUERON POR $ 2,088,000.00

(ojo en los dos casos cobre en total $2,088,000.00)

y ya no podría seguir tributando como RIP.

al no cumplir con el requisito del Art 111 ....'podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.'

Por lo cual considero que si bien por regla y procedimiento la aplicación del beneficio es como lo indican los compañeros, la misma aplicación nos induce al error al considerar como ingreso un impuesto que se traslada y se cobra. (ya que en ninguna lado la facilidad nos indica que podemos considerar este como una actividad exenta de IVA)

Bueno esa es mi opinión, que comparto con Uds.

Saludos , buen fin de semana largo a todos los foristas y gracias
 
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gazoan
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07/Abr/15 11:45
Re: ¿DESGLOSE DE IVA EN FACTURAS DE PUBLICO EN GENERAL PARA RIF?

Buen día colegas.

No se si esté interpretando del todo bien sus comentarios, por lo cual me voy a permitir hacer un resumen de mis conclusiones con el fin de que me quede bien claro este tópico.

1.- Los RIF por Decreto, en ningún caso deberán de trasladar el IVA e IEPS en tus comprobantes con el público en general.

2.- Si no te apegas al decreto, por RMF si trasladarías los impuestos IVA e IEPS en operaciones con público en general.

3.- Las personas distintas a las del RIF (físicas o morales), por RMF deberán de trasladar los impuestos en operaciones con el público en general.

Saludos y gracias por sus comentarios.
 
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kombo_m
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