19/Abr/15 20:56
PERSONA MORAL, INGRESO POR REEMBOLSO
Buen dia compañeros, expongo a sus comentarios lo siguiente:
Una persona moral paga directamente los gastos de funeral de un trabajador
La compañia de seguros reembolsa a la persona moral dichos gastos
El comprobante fiscal de la funeraria se expide a nombre de la compañia de seguros
1.- LISR, art 18, fracc VI, cantidades que se recuperen por seguros. tratandose de perdidas de bienes
aqui no cabria porque el trabajador no es un bien de la empresa.
2.- LISR, art 18, fracc VII, indemnizacion para resarcir disminucion de productividad por la muerte del empleado
tampoco lo consideraria ya que el seguro es reembolsar gastos funerales y no por la disminucion de productividad
3.- La compañia reembolso mediante cheque a nombre de la empresa, sin que la empresa expidiera cfdi, ya que existia el de la funeraria
por lo que no seria objeto de IVA
Agradeceria mucho sus comentarios, pues conservadoramente procederia acumularlo como ingreso para ISR, por ser una recuperacion por parte de una aseguradora, pero la fraccion habla sobre bienes, no sobre personas.
Saludos