15/Jul/15 11:47
Re: PAN Y LA TASA DE IVA
Qué barbaridad con estas nuevas reformas, yo también aseguro que es 0% , entiendo que la parte de que los croissants o cuernitos van mas enfocados a cuando ya van preparados aunque en la parte donde dice
también se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los que resulten de la combinación de aquellos productos que, por sí solos y por su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional
Donde volveríamos a caer con que sí, los cuernitos gravan 16% =(
Y ni para cambiarles el nombre caray pues nos vuelven a decir
con independencia de la denominación con que se comercialicen
Después de todo esto viene a salvarnos el art 10-A del RLIVA F.V
Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, inclusive pasteles y galletas, aun cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería.
Así llego a la conclusión de que nuestros queridos amigos lo que quisieron decir con la regla 4.3.6 es que los croissant o cuernitos sea cuando ya están preparados con su jamón, queso amarillo, mayonesa y chipotle, auch ya hasta me dio hambre.
Espero haya quedado todo claro =)
Editado: Julio 15, 2015 11:55:01