03/May/16 14:08
Ganancia Perdida Cambiaria Persona Física declaracion Anual
Buenos días:
Tengo una consulta referente a una persona fisica que recibe sus ingresos por sueldos y salarios y tiene una cuenta bancaria en el extranjero.
El art. 142 Fracc II indica que la ganancia cambiaria y los intereses son considerados otros ingresos.
El art 143 Fracc IV indica que cuando provengan de depositos efectuados en el extranjero serán acumulables conforme se devenguen.
El ultimo párrafo de dicho art. indica que tratandose de los intereses a los que se refiere la fracc. IV se acumulara el interes nominal y se estará a lo dispuesto del art 44. (ajuste anual por inflación).
Mi duda es ¿que se considera interes nominal? yo creo que debería de ser los intereses +ganancia cambiaria - la pérdida cambiaria.
Por lo que podría dar negativo si la perdida cambiaria supera a la ganancia y al intereses.
Adicionalmente al enfrentarlo contra el ajste anual por inflacion tambien podría dar negativo, pero la ley no indica nada sobre que hacer con esa pérdida.
Algunos colegas me han dicho que esa es la pérdida a la que se refiere el 4o parrafo fel 143 pero otros dicen que no y el Declarasat no esta diseñado así cuando se trata de la fracción IV.
El declarasat solo esta preparado para poner interes nominal positivo y si el aje anual por inflacion es mayor te pone cero y no una pérdida.
Me gustaría saber sus comentario a este especto.
Gracias.