07/Sep/17 18:38
Re: Pago de impuestos como asalariado e ingresos extras por arrendamiento de locales comerciales
Que tal solrakar,
Te recomiendo leer el título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente (el caítulo III habla de los ingresos por arrendamiento), así como la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, sus reglamentos, la Resolución Miscelánea Fiscal, el Código Fiscal de la Federación, etc., o bien, contrata los servicios de un contador de confianza.
A grandes rasgos te puedo decir que declaras por separado tus ingresos; los provenientes del arrendamiento los declaras mensualmente o trimestralmente, pero debes revisar los requisitos para declararlos al trimestre; además presentas una anual por arrendamiento.
En cuanto a salarios, sólo declaras anualmente, pero los ingresos por arrendamiento te sirven de base para determinar tu monto máximo de deducciones personales.
Por otra parte, la deducción ciega es un porcentaje que se aplica sobre tus ingresos por arrendamiento la cual se considera gasto, pero ojo! no puedes deducir más gastos sí aplicas esta opción.
Se que esta información es insuficiente pero en verdad creo que es mejor que un contador te apoye con esta labor.
Saludos
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'