Me ha surgido una duda, y espero que me puedan ayudar. Con esto de la nueva facturacion, tengo entendido que al momento de vender a credito se hará una factura por el monto total con el método de pago en parcialidades o diferido. Si el cliente viene y me da una primera parcialidad emito lo que es el complemento de pago. La cuestión es que si el cliente viene y me dice que siempre no querrá el producto.
Yo tengo que emitir una nota de crédito por la factura original? o por el monto de la parcialidad?
Como queda el complemento de pago?.
Ya que si registre en mi contabilidad la primera factura de alguna manera tengo que desaparecer el cliente.
Espero que me puedan ayudar, gracias de antemano.
En el caso que expones, necesitas hacer lo siguiente:
1. Cancelar directamente el recibo electrónico de pagos; recuerda que este CFDI sí lo puedes cancelar, el que no puedes cancelar es el del monto total de la operación.
2. Emitir una nota de crédito aplicable al CFDI por el monto total de la operación. No olvides indicar en el Tipo de Relación la clave '01' e ingresar el UUID del CFDI por el monto total de la operación.
Y listo.
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'