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09/Mar/18 21:21
Re: RIF INGRESOS MENORES 300,000
Hola calamity,
Si inicias el ejercicio, se refiere a los de ese ejercicio.
Debes estimarlos.
Cuando termine el ejercicio divides tus ingresos entre el número de días en que empezo a ser RIF hasta el final del año y lo multiplicas por 365.
Si ya estás posterior al primero entonces tomas los del ejercicio anterior.
Fund. Legal: Art. 23
LIF Pub. en el DOF el 15 de Nov de 2017.
Espero que mi comentario sea de tu utilidad.
Saludos!
Saludos.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo