Contadores tengo esta duda, para personas morales resico puedo deducir los salarios? de ser así cual es del trato fiscal para las prestaciones exentas por ejemplo premio por asistencia, me lo deduciria al 100% o una parte (47 o 53%)
gracias
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09/Mar/22 10:31
Re: SALARIOS EN RESICO PM
si los salarios son gastos de actividad claro que se pueden deducir, en cuanto al % de deducción es algo se deberá hacer mes con mes con todos los salarios exentos.
como atinadamente lo comento Fiscalia en una publicación el Régimen de RESICO es como hacer la declaración anual 12 veces al año.