Dos conceptos rapidos de Las facultades de comprobacion
1.-Toda autoridad tiene un plazo de 5 años para ejercerlas sale??(entonces de 1999 a 2004 es correcto)
2.-Estas facultades se ejercen a partir de la notificacion es decir todo lo que te notifican en 2004 tiene 5 años para que se termine(caduque) el plazo para la revision asi como lo comentas, ahora bien a menos que tu cierres(aclares todo lo que notifican) las autoridades tienen el plazo de 5 años apartir de la notificacion para pelearte el "posible" adeudo