01/Jul/05 15:02
Re: que me suguieren?
[quote:ae922a6a18="luis20"]
El caso es que no nadamas es bronca del trabajador si no también de patron ya que este es responsable solidario del pago de la retención,
[/quote:ae922a6a18]
Tu mismo lo dices si estas dispuesto a financiarle adelante, recuerda que tu mismo aceptas la obligacion de pagar por tu trabajador, ya que el INFONAVIT de aqui a 5 años te pedira cuentas ati como patron por esas diferencias
Perdon colegas pero no es necesario acudir a un compañero abogado para decir lo que dice legalmente el INSTITUTO.
REGLAMENTO DE INSCRIPClÓN, PAGO DE APORTACIONES Y ENTERO DE DESCUENTOS AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
ARTÍCULO 3o. Son obligaciones de los patrones de conformidad con la Ley
IV. Determinar y efectuar el pago de las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda para su abono en la subcuenta de vivienda, [i:ae922a6a18][u:ae922a6a18]así como retener y enterar los descuentos en las oficinas del Instituto[/u:ae922a6a18][/i:ae922a6a18] o, en su caso, en las entidades receptoras cuando éste así lo determine, y
ARTÍCULO 46. En los términos de lo dispuesto por los artículos 29 y 30 de la Ley y 6o., fracción ll, segundo párrafo, y 26, fracción l, del Código, [u:ae922a6a18][i:ae922a6a18]los patrones son solidariamente responsables del entero de los descuentos ante el Instituto.[/b:ae922a6a18][/i:ae922a6a18][/u:ae922a6a18]
[b:ae922a6a18][i:ae922a6a18]La responsabilidad solidaria de los patrones en la amortización de los créditos será a partir de la fecha en que deban iniciar los descuentos, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de este Reglamento y hasta la presentación de los avisos de baja del trabajador o cuando el Instituto les notifique el aviso de suspensión de los descuentos[/i:ae922a6a18]
Asi que igual una sugerencia fea pero exacta seria buscar a otra persona para ese puesto, una que no tenga ese credito o bien asignar a esa misma persona a otra funcion donde tenga un mejor salario por que solamente asi podria pagar su credito.
Ojo cuando se diera la baja, tienes la obligacion de retener la CF VSM del mes, sin importar los dias que trabajo
saludos
Visiten mi espacio elnidodelseguro.com .mx