el artículo 40-A de la ley del del seguro social, establece que si no se pagan las cuotas a tiempo (hasta el día 17 normalmente), el patrón deberá cubrir además, recargos moratorios y factor de actualización.
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05/Jul/05 13:49
Estoy de acuerdo con ixhidalgo, si el pa´trón paso el límite de pago tendrá que pagar recargos el primer mes, si paso dos meses tiene que pagar, además de recargos, actualización.
Saludos
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"Hoy, será el día del mañana"
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