[quote:a686b23ac4="cpemmanuel81"]POR QUE LIC??? ESTAS ACTAS NO PUEDEN SER RECIVIDAS POR LOS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE???...8O[/quote:a686b23ac4] Yo pregunté primero...
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
pepesoto General de Brigada Mensajes:
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09/Ago/05 20:26
Perdon no habia visto el topico, y efectivamente por lo menos en mi poca experiencia laboral cuando eh laborado esas actas, no me recibido algunas, salvo un caso donde me la recibieron la junta de conciliacion de salto del agua(en el DF), que era por un robo de "dinero", y hasta tuve que llevar el acta del MP donde se declaraba esto, hasta judiciiales con todo y madrinas fueron ese dia en la empresa. De ahi en fuera solo quedan como verdaderas "actas administrativas"
saludos
Visiten mi espacio elnidodelseguro.com .mx
lcgabrielaranda Mayor Mensajes:
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09/Ago/05 20:31
[quote:27b5c02344="lcgabrielaranda"]... solo quedan como verdaderas "actas administrativas"...[/quote:27b5c02344]
Es decir, como documentos internos propios de la empresa, que SOLO en un juicio laboral, tendrán valor probatorio (si están bien hechas, claro...)
El Lic.
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