18/Ago/05 10:07
incapacidad por maternidad
hola amigos, buen dia
tengo una pregunta, hay una trabajadora que estuvo incapacitada por maternidad, y en el segundo periodo de la incap. (45 dias) se le aumento su salario y se hizo la modificacion respectiva ante el imss, ella dice que el imss le debe una diferencia en cuanto al subsidio, porque le pagaron conforme al salario anterior.
no me acuerdo muy bien que se hace al respecto, el seguro le puede pagar la diferencia?, que fundamento existe?
de antemano gracias
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bettsy
Sargento Segundo
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18/Ago/05 10:33
Artículo 35 LSS "Los cambios en el salario base de cotización de las modificaciones señaladas en el artóculo anterior, así como aquellos que por Ley deben efectuarse al salario mínimo, surtirán efectos a partir de la fecha en que ocurrió el cambio, tanto para la cotización como para las prestaciones en dinero.
Aunque en el artículo 101 LSS
"La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores y cuerenta y dos días posteriores al mismo.
En los casos ...."
En este caso de acuerdo al esté artículo se le pago con el SBC que tenia en el mes en que empezo su derecho de Incapacidad.
Saludos.
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes '
Sir ISAAC NEWTON
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jleeglz
Capitán Primero
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18/Ago/05 13:40
[quote:6e009ffe06="jleeglz"]Artículo 35 LSS "Los cambios en el salario base de cotización de las modificaciones señaladas en el artóculo anterior, así como aquellos que por Ley deben efectuarse al salario mínimo, surtirán efectos a partir de la fecha en que ocurrió el cambio, tanto para la cotización como para las prestaciones en dinero.
Aunque en el artículo 101 LSS
"La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores y cuerenta y dos días posteriores al mismo.
En los casos ...."
En este caso de acuerdo al esté artículo se le pago con el SBC que tenia en el mes en que empezo su derecho de Incapacidad.
Saludos.[/quote:6e009ffe06]
Apoyando al amigo solo te puedo decir con la pena recuerda que las modificaciones no surte efectos la ley es muy clara y comentale a la trabajadora que por lo tanto no se puede pagar mas, ahora que si la empresa le quiere pagar la diferencia eso es otra historia
saludos
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lcgabrielaranda
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18/Ago/05 14:19
Bettsy, A mi me surge la duda de cual fue la causa por la que el patrón le incremento el salario si estaba en un periodo de incapacidad en el cual se supone que la trabajadora no labora. Solo que se tratara de modificación de salario por concepto de variables del bimestre anterior.
Espero me puedas aclarar esta duda
ACE,S.C.
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edgaruribe
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18/Ago/05 14:52
edgaruribe
Bettsy, A mi me surge la duda de cual fue la causa por la que el patrón le incremento el salario si estaba en un periodo de incapacidad en el cual se supone que la trabajadora no labora. Solo que se tratara de modificación de salario por concepto de variables del bimestre anterior.
Espero me puedas aclarar esta duda
Y si no fue por esta causa, y el IMSS paga la diferencia, entonces se la cobrará al patrón a través de un capital constitutivo, con sus respectivos gastos de ejecución.
Estamos......
Joel.
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JOELMORA
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18/Ago/05 15:39
[quote:438f0d8609="JOELMORA"]edgaruribe
Bettsy, A mi me surge la duda de cual fue la causa por la que el patrón le incremento el salario si estaba en un periodo de incapacidad en el cual se supone que la trabajadora no labora. Solo que se tratara de modificación de salario por concepto de variables del bimestre anterior.
Espero me puedas aclarar esta duda
Y si no fue por esta causa, y el IMSS paga la diferencia, entonces se la cobrará al patrón a través de un capital constitutivo, con sus respectivos gastos de ejecución.
Estamos......[/quote:438f0d8609]
Asi es como dice el compañero si la trabajadora alega que tiene una modificacion de sueldo el imss le va a pagar la diferiencia, pero le cobraria un capital contitutivo, ya que por ningun motivo se le debera incrementar o decrementar el sueldo a un trabajador estando incapacitado ya que la empresa debera de notificar de dicha modificacion una vez que el trabajador regrese de incapacidad.
'Cada fracaso le enseña al hombre algo que necesitaba aprender'.
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esmeb
Sargento Segundo
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18/Ago/05 15:46
¿45 días postparto?. En lo relativo a la MS vale esperar el comentario de Bettsy, ya que los supuestos pueden ser diversos, desde un salario mixto o variable a otros que solo ella sabe y esperemos nos comparta. Probablemente se tenia la obligación de modificarle el sueldo por el reporte de variables, igual puede obedecer a un incremento generalizado al total de trabajadores en la empresa, sin que ello provoque como procedente el que el IMSS finque capitales constitutivos... Digo de poder puede intentar, su procedencia es lo que no tiene futuro...
Sugiero esperemos que Bettsy nos comente.
Saludos.
sos al sos
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sosgtorreon
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18/Ago/05 20:01
[quote:2884241e51="sosgtorreon"]...puede obedecer a un incremento generalizado al total de trabajadores en la empresa, sin que ello provoque como procedente el que el IMSS finque capitales constitutivos...[/quote:2884241e51]
:| Buenas noches. Estamos a 15 dias de finalizar el bimestre. Modifsal x variables no fue...
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
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pepesoto
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19/Ago/05 12:11
Que tal Lic., como lo comente, los motivos o causales pueden ser diversos, lo del incremento generalizado lo expuse bajo la probabilidad de un incremento a los salarios fijos... En fin, me parece que BetRsy ya no nos va a comentar nada de na'...
sos al sos
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sosgtorreon
Teniente Coronel
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19/Ago/05 14:17
[quote:ad21db9316="sosgtorreon"] En fin, me parece que BetRsy ya no nos va a comentar nada de na'...[/quote:ad21db9316]
Si es asi asi entonces
:x
saludos
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lcgabrielaranda
Mayor
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