27/Sep/06 13:00
INCAPACIDAD POR R.T. -Recaida- DE TRABAJADOR DADO DE BAJA
El día 20/08/2006 un trabajador presentó su renuncia, señalando que su último día labores sería el 31/08/06, pero el día 25/08/06 sufrió un Riesgo de Trabajo, con lo cual estuvo incapacitado hasta el día 19/09/2006. La ST-2 correspondiente, señala como fecha de inicio de labores el 20/09/06, misma fecha con la cual se procedió a presentar su baja IMSS, ya que se cuenta con renuncia del propio trabajador al día 31/18/06.
Sin embargo, el trabajador no aceptó en su finiquito, bajo el argumento que aún se sentía mal, por lo que regresaría nuevamente al IMSS a que lo revaloraran y conseguir mas certificados de incapacidad. A la fecha no ha regresado, por lo que no sabemos que pasó.
Por lo anterior y para el caso de que el IMSS le extienda mas certificados de incapacidad por dicho riesgo de trabajo –recaída- y dado que el trabajador ya esta dado de baja, me surgen las siguientes preguntas:
- ¿Qué efecto tendría(n) dicha(s) incapacidad(es)?, solamente se consideraran el la Declaración Anual de RT? . . puesto que ya que no pueden capturarse en el SUA.
- ¿El IMSS cubrirá al trabajador el subsidio económico? Con que SBC? sí ya esta dado de baja.
De hecho, y en virtud de que se cuenta con la renuncia del propio trabajador al 31/08/06, en el periodo de incapacidad se contrato a otra persona para cubrir el puesto.
De lo anterior, mucho agradeceré sus opinión y / o observaciones –no solo con lo que respecta al IMSS, sino también desde el punto laboral-.
MARLA
'Nadie puede llegar a la cima armado sólo de talento. Dios da el talento; el trabajo transforma el talento en genio', Anna Pavlova.
'Todo lo que claramente imaginamos, ardientemente deseamos, sinceramente creamos y entusiastamente e