18/Oct/06 11:30
Re: Acuerdo Tecnico 187/2003
En efecto, aun está vigente.
El texto de fundamentación del acuerdo en comento señala:
"... presenta al Instituto en tiempo y forma la Cédula de Determinación de las cuotas obrero patronales legalmente a su cargo sin pago y entera su importe incluyendo su actualización y recargos moratorios dentro de los treinta días naturales contados a partir de la fecha de presentación de dicha cédula..."
Aprovecho para comentarle, que una cosa es la determinación (Vid. Arts. 6, tercer párrafo del CFF y 5, fracción XVI, 15, fracción III, 39 a 39-B, 304-A, fracción IV y 304-B, fracción I de la LSS, en correlación con 113 del RLSSACERF) y otra es el entero o pago.
El suscrito se orienta para no presentar la determinación, solo que si su empresa considera y está segura que dentro de los 30 días que refiere el Acuerdo 187/2003 llevará a cabo el entero, proceda a determinar sus contribuciones (Vid. 113 del Reglamento comentado); de no estar segura del entero, mejor no se determine y espere que le liquiden (notificación de la cédula de liquidación (Vid. 39-C y 39-D de la LSS), quizá para entonces ya haya pagado.
Saludos cordiales,
Lic. Francisco Vázquez García