:| Buenas noches. Por supuesto, ya que la incapacidad x maternidad se considera x ley, que la trabajadora se encuentra "activa". ¿No se lo pagaron? Exija sus derechos.
El Lic.
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¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
Las incapacidades por embarazo gozan de toda la protección de la leyes, es decir no se merman los derechos de la trabajadora y sus días deben computarse como efectivamente laborados para el pago de todas sus prestaciones tales como: aguinaldo, PTU, vacaciones, liquidaciones etc..