08/Jun/04 20:27
Re: AYUDA
:D
¿De donde sale el factor de integración del 1.0452?
El uso del factor para integrar el SBC, resulta de la aplicación de una mecánica, y este es un ejemplo de cómo se obtiene.
Hay quien lo integra con base en los valores del aguinaldo, prima vacacional y otras percepciones de cuantía previamente conocida, pero también se llega al mismo resultado.
El factor de 1.0452 esta conformado por prestaciones mínimas de ley y solo para trabajadores con antigüedad hasta de un año.
El art. 27 de la LSS, señala que se integra el aguinaldo, la prestación mínima según LFT, es 15 días.
Por otro lado, la prima vacacional también esta contenida en el mismo art. 27 LSS; para su pago, la LFT establece como mínimo que es el 25%, y los días a disfrutar de vacaciones para el primer año serán de 6 días.
Si sacáramos la prima vacacional en días sería= 6 * 25% = 1.5 días de salario se pagarían al primer año.
Al sumar los días de aguinaldo: 15+1.5 de días de prima, se tendría que al año, se pagan 16.5 días de salario entre aguinaldo y prima.
Dado que los arts. 29 y 30 de la LSS, contemplan una mecánica de integración diaria, los 16.5 días están devengados a lo largo de 1 año calendario, por lo que se tendrían que dividir entre 365 para darnos el monto que de forma diaria se integraría por concepto de aguinaldo y prima= 16.5/365=0.452, al que se le suma la unidad =1, x tanto nos da como resultado = 1.0452, en donde la unidad representa la cuota diaria.
De tal suerte que al multiplicar el salario diario del 29-II LSS, por el factor, nos dará como resultado un salario que contiene la cuota diaria mas la parte proporcional diaria que de aguinaldo y prima corresponde por cada día del año.
-exé-
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Con el debido permiso de mi amig@ Exé, me permito transcribir esta excelente respuesta que dio en el Foro anterior...
El Lic.
8)
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¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com