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28/Jul/09 21:23
Re: LIQUIDACION DE TRABAJADOR

Hola:

Regresaselo a la esposa. Finalmente, si no se realizaron las cosas de acuerdo a derecho, pues, el nuevo patrón tiene obligación para con ese trabajador desde que se empesó a trabajar con él.

En todo caso, que el trabajador demande a la señora por despido injustificado.

No se trata de substitución patronal, puesto que la empresa que contrato al trabajador todavia existe, en la misma dirección,(supongo) con el mismo giro y con el mismo dueño.

Entonces, si el trabajador se paso a trabajar con el esposo, que es una empresa totalmente nueva, y si ya transcurrieron los plazos que marca la LFT para reclamar lo que a su derecho corresponda,pues, nada puede hacer; perdió su antiguedad con la empresa anterior y mas le vale no andar de grillero con el nuevo patrón si quiere conservar su empleo.
 
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Emprendedorfiscal
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29/Jul/09 16:09
Re: LIQUIDACION DE TRABAJADOR

Los articulos a aplicar para los finiquitos laborales son el 48 y el 50 LFT

Las indemnizaciones ahi expresadas, no debe liquidarse de manera conjunta, ya que obedecen a dos distintas vias de recindir los contratos. Con lo que quiero indicar que el mismo trabajador, no debe obtener ambas indemnizaciones (art 48 y art 50) pues solo se toma un camino para rescindir algun contrato.

Todo esta muy bien lo que expresa el compañero emprendedorfiscal, pero no veo la manera de que pueda probar el patron primero (esposa) de que dejo de ser patron al dia de hoy. Asi que la prescripcion no se ha cumplido, por lo que los trabajadores cuenta con el derecho de hacer sus reclamaciones ante la Junta por sus indemnizaciones y salarios caidos.

Orale salarios caidos.... desde que supuestamente se retiro el primer patron. En el juego del ajedrez, los contragolpes tambien son validos. Donde supuestamente habria una fortaleza, se caen en cascada los naipes, agarrados de la nada.

¿Como han sido realizados los recibos de nomina del nuevo patron?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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29/Jul/09 17:15
Re: LIQUIDACION DE TRABAJADOR

Buenas tardes con el nuevo patron se registro en el seguro social como un nuevo trabajador y se le han estado pagando con sus recibos de nomina donde se desglosa cuantos dias trabaja, cuantos se le paga y se le desglosa su sueldo, sus prestaciones y la retencion del IMSS, viene tambien los datos del patron como los del trabajador, su puesto su numero de seguro social.
 
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ELVIRAPAZ
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