02/Sep/10 10:03
Re: ¿Son deducibles las cuotas imss retenidas al trabajador?.
¿ Son deducibles las cuotas imss retenidas al trabajador ?
NO son deducibles, básicamente por que NO las paga el patrón, sino el trabajador vía RETENCIÓN.
Ejemplo 1:
Salario semanal $ 800.00
(-) Cuota obrera IMSS $ 19.00
(=) NETO a RECIBIR $ 781.00
Ejemplo 2:
Salario semanal $ 800.00
(=) NETO a RECIBIR $ 800.00
Conforme a la LSS, las cuotas del SS se financían (o fináncian) con un aporte del patrón y un aporte (menor) del trabajador; es decir, que por Ley el trabajador debe soportar una parte de las cuotas de financiamiento. Sin embargo, puede ocurrir que que patrón, en aras de ayudar a su trabajador se haga cargo de las cuotas de financiamiento al 100%, es decir, que NO retenga cantidad alguna al trabajador por éste concépto.
El ejemplo 1 se refiere a la generalidad, es decir, a los casos en que cada parte, patrón y trabajador, soporta la carga fiscal que le corresponde, es decir, que al trabajador se le descuenta lo que se le debe descontar en virtud de que a él le corresponde pagar esa parte.
El ejemplo 2 se refiere a los casos de excepción, es decir, a los casos en que el patrón soporta la carga fiscal total, esto es, tanto la que a él corresponde como la que corresponde al trabajador y por ésta razón NO descuenta a dicho trabajador cantidad alguna por éste concépto.
Conforme al ejemplo 1, al haber retención, el patrón la deberá contabilizar como un pasivo, dada la obligatoriedad que tiene de enterarla al IMSS. En el ejemplo 2, al NO haber retención no se contabiliza éste pasivo, sino que al término del mes el patrón determina las COP´s y la totalidad de ellas, las registra como GASTO(cargo) - PASIVO (abono).
Como se observa, en el ejemplo 2, es en donde la totalidad de las COP´s es cuando el patrón puede DEDUCIR(las) al 100%, ya que todo representó un gasto para dicho patrón, ya que él fué quien las erogó aún cuando una parte ERA A CARGO DEL TRABAJADOR.
Si comparas los netos del ejemplo 1 y 2, verás que el del primero es menor al del segundo; 780 < 800, con lo que queda demostrado que en los casos como el del primer ejemplo la cuota RETENIDA no puede ser deducida por el patrón, ya que quien la PAGÓ fué el propio trabajador, tan es así que recibe una cantidad neta menor (780). En cambio, cuando se den casos como en el ejemplo 2, entonces el patrón si puede deducir la cuota que era a cargo del trabajador pues dicho patrón la paga derivando en que el trabajador, al no desembolsarla, recibe una cantidad neta mayor ( 800 ).
Nota: En ambos ejemplos se omiten otras percepciones y otras deducciones, dado que no eran útiles para éstos efectos.
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )