08/Jun/11 16:23
Re: Ley de ayuda alimentaria VS IMSS
Parece que nadie comprende a otras personas, porque se quedan en sintonia de su propio canal y no amplian a mayores rangos su aspectro de vision.
En comentario con esta disque nueva ley alimentaria, emitida tal como se realizo y no emitida, no ha traido algun beneficio adicional por donde se le vea. DIgamos que es una noticia publicitaria 'buena' para el electorado, trabajadores. El gobierno dio pautas para emitir un ley alimentaria.
Y ahora hablariamos que 'gracias' al Gobierno ya se permite esta nuevas medidas. Y la verdad, es que sin esta ley, hasta antes de su promulgacion, no se venia prohibiendo. Es decir, se continua el permiso de entregarse ALIMENTACION a los trabajadores por parte de los patrones.
Solo que quien en realidad ofrece la alimentacion no es el gobierno, sino mas bien los patrones. Son ellos que incurren con el costo economico. Pero para que la otorguen, ellos deben conseguir algo de retribucion. No estamos en un mundo de bonanzas y de filantropia y situaciones humanitarias y menos con los patrones actuales.
El Gobierno solo da la noticia, patrones ya esta permitida la alimentacion. Los patrones, si y qué. Y como le hago, si muy apenas contrato personas. Si la otorgo qué ganaré.
Me van a disminuir la carga tributaria. Pues con esta ley no se consigueria tal fin. Pues primero debiesen moverse leyes tributarias LISR, LSS, LINFONAVIT, LFT y demas leyes relativas al trabajo y la seguridad social, de que se alinien con esta osada ley alimentaria.
En caso, contrario. Sigue siendo la misma situacion, promulgada o no. Pues la cuestion tributaria jamas ha sido tocada.
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Cualquier funcionario o ente del gobierno que emita Circulares, Reglamentos, etc. su funcion es meramente informar el criterio que habran de tomar en cuenta cuando les toque aplicar la ley por su cuenta. Y este criterio no es para que se asienten preferencias para con el publico en general, simplemente a juicio de los funcionarios es el mejor camino de aplicar esa ley que le toco trabajarla.
Si se creen legisladores o no, son situaciones que no se pueden evitar, en especial si el contribuyente se vuelve desobligado. El contribuyente debera defender su postura o sujetarse a la ley.
Por eso siempre tiene la oportunidad primaria el contribuyente de aplicar la ley tributaria. En una segunda instancia, EN LA RECAUDACION, le toca a la autoridad.
Si se le da el pretexto suficiente a que la autoridad, para que tenga que aplicar la ley, ni modo, con legisladores o sin ellos como funcionarios, es algo que pudo evitar el contribuyente, de inicio. Esto forma parte del castigo de la desobligacion.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?