El artículo 47 fracción X de la Ley Federal del Trabajo sólo establece que es causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón 'Tener el trabajador más de tres faltas de assistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada'. Pero de ninguna manera cataloga o tipifica cuales son las causas que justifican una ausencia, mucho menos limita a que la causa se justifique mediante incapacidad médica expedida por el IMSS o por el médico de la empresa.
Aquí es el patrón quien debe determinar si justifica o no la aucencia del trabajador, independientemente de la causa que lo obligo a ausentarss.
Hay algo mas fuerte que la ley. Es la voluntariedad del patron. Si el la dispensa, con pago. Patron mata a la ley. De lo contrario consulte el contrato laboral si como se estipulo procederse para este caso.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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15/Nov/13 20:04
Re: pregunta laboral
Hay algo mas fuerte que la ley. Es la voluntariedad del patron. Si el la dispensa, con pago. Patron mata a la ley. De lo contrario consulte el contrato laboral si como se estipulo procederse para este caso.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?