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08/Oct/13 17:48
A quien se puede facturar? Al importador o a Consolidadora

Me dedico a importar, pero, me surgió una duda debido a un comentario que me hicieron, es verdad que los pagos por servicios de Agente Aduanal los debo pagar a él directamente??... lo que pasa es que yo contrato una consolidadora y me entrega mi mercancía a mi domicilio, yo no contrato al Agente Aduanal, ellos lo hace, y ya les pago yo todo a ellos,....... el comprobante que me entregan no es deducible o si???, gracias.
 
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CFL2000
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08/Oct/13 19:16
Re: A quien se puede facturar? Al importador o a Consolidadora

CFL2000,podrias ampliar los conceptos proporcionados


lo que pasa es que yo contrato una consolidadora


Consolidadora o Comercializadora

y ya les pago yo todo a ellos


Que es 'todo' lo que les pagas a ellos

el comprobante que me entregan no es deducible o si


Que ampara el comprobante que te proporcionan
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
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08/Oct/13 20:06
Re: A quien se puede facturar? Al importador o a Consolidadora

Yo le compro la mercancía a un proveedor extranjero, le realizo su deposito y el me entrega la mercancía, solo que para traerla, necesito alguien que me la recolecte, entonces contrato siempre una consolidadora de carga (NO comercializadora), esta consolidadora de carga se encarga de traerme la mercancía a México, me cobra la recolección, el flete internacional, los gastos de importación como los impuestos aduanales, etc., y además me cobra sus servicios por la importación..... aquí comienza mi duda...., me comentaron que según la Regla 1.4.18 de las REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR y el Art. 32 fracc. XXI de la LISR, no son deducibles estos gastos y servicios si no realizo el pago de los mismos directamente a la cuenta del Agente Aduanal.....esto es verdad?, no son deducibles las facturas que tengo de la consolidadora??.[color=blue][/color]
 
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CFL2000
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08/Oct/13 21:13
Re: A quien se puede facturar? Al importador o a Consolidadora

CFL2000

Es correcto lo que te informaron de acuerdo con el Art 32 Fracc

XXI. Los pagos por servicios aduaneros, distintos de los honorarios de agentes aduanales y de los gastos en que incurran dichos agentes o la persona moral constituida por dichos agentes aduanales en los términos de la Ley Aduanera.

La única posibilidad para que puedas deducirlo es que la Consolidadora sea una Persona Moral constituida por el Agente Aduanal y en caso afirmativo obtener el Acta Constitutiva que lo compruebe

Saludos
 
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MARIOORTIZ
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08/Oct/13 21:18
Re: A quien se puede facturar? Al importador o a Consolidadora

Muchas gracias por tu respuesta.
 
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CFL2000
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