Muy buenos dias mi pregunta es concreta, desde la universidad se me enseño que al valuar la cuenta complementaria se toma el tipo de cambio de un dia anterior a la fecha del dia de la operacion, el tipo de cambio es el nos muestra el SAT del diario oficial de la federacion, mi pregunta es la siguiente
me podrian Dar El Fundamento Legal A Este Procedimiento?
Se me menciono que en las NIF en criterios de Valuacion, pero no encuentro el 'voletin exacto'.
Artículo 20 CFF.- Las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar en la moneda del país de que se trate.
Tipo de cambio aplicable
Para determinar las contribuciones y sus accesorios se considerará el tipo de cambio a que se haya adquirido la moneda extranjera de que se trate y no habiendo adquisición, se estará al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día anterior a aquél en que se causen las contribuciones. Los días en que el Banco de México no publique dicho tipo de cambio se aplicará el último tipo de cambio publicado con anterioridad al día en que se causen las contribuciones.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
Mensajes:
12890 Ingresó:
Marzo 10, 2005 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
14/May/09 12:58
Re: Cuenta Complementaria
Hola:
Se me menciono que en las NIF en criterios de Valuacion, pero no encuentro el 'voletin exacto'.
No existe un solo boletin exacto o mas bien UNICO, por que las operaciones en moneda extanjera, podrian sucitarse por la compra de mercancias, pagos de prestamos, adquisiciones de activos fijos, erogaciones de gastos y muchas otros tipos de operaciones y cada una de ellas se ha emitido un boletin aplicable para cada situación.
Asi por conclusion: se debe de atenderse a diversos boletines de las NIF en general, o de ser posible particularizarlo dependiendo de la situaion, en donde se indicarían los diversos formas de tener que valuarse las operaciones, atendiendose al tipo de operacion que correspondería.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?